En la era moderna, donde la tecnología y las comunicaciones definen nuestras interacciones diarias, es fundamental asegurar que derechos fundamentales, como la intimidad y la privacidad de los consumidores, sean respetados y protegidos. En este contexto, la Ley 2300 del 10 de julio de 2023 se erige como un faro legal que busca salvaguardar el derecho a la intimidad de los consumidores en Colombia, estableciendo parámetros claros para las gestiones de cobranza y las comunicaciones comerciales.
El objetivo primordial de esta ley es establecer una serie de directrices que regulen el modo en que las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera, así como personas naturales y jurídicas que realicen gestiones de cobranza, puedan contactar a los consumidores. Uno de los pilares fundamentales de dicha ley es la definición de los canales autorizados de comunicación. Para asegurar que los consumidores tengan el control sobre sus interacciones, la ley estipula que solo podrán ser contactados a través de los canales previamente autorizados por ellos mismos. Esto otorga a los consumidores la capacidad de decidir cómo y cuándo desean ser contactados, empoderándolos en sus relaciones financieras.
Asimismo, la ley establece parámetros estrictos en cuanto a los horarios y la periodicidad de las comunicaciones de cobranza. Como lo son la prohibición del contacto repetitivo y excesivo dentro de un período corto, y se establecen franjas horarias específicas durante las cuales las gestiones de cobranza pueden llevarse a cabo. Además, se respetan los períodos de descanso y días festivos, asegurando que los consumidores no sean incomodados en momentos inapropiados. Este horario es de lunes a viernes de 7:00 am a 7:00 pm y sábados de 8:00 am a 3:00 pm.
Una de las innovaciones más notables de esta ley es la prohibición de contactar a referencias personales o cualquier otra entidad ajena a la relación financiera. Esto garantiza que las interacciones se mantengan enfocadas en la relación entre el deudor y la entidad de cobranza, evitando cualquier intrusión en la vida de terceros.
En un esfuerzo por salvaguardar la comodidad y la privacidad del consumidor, la ley prohíbe categóricamente las visitas a domicilios o lugares de trabajo con fines de cobranza. Se establecen excepciones muy específicas y limitadas en el caso de ciertos tipos de obligaciones financieras, donde la autorización expresa del consumidor es requerida.
La Ley 2300 no solo se enfoca en establecer parámetros, sino que también prevé sanciones en caso de incumplimiento. Las entidades que no respeten las medidas de protección establecidas por la ley enfrentarán sanciones por parte de la Superintendencia Financiera de Colombia y la Superintendencia de Industria y Comercio, asegurando así la observancia de los derechos de los consumidores. La ley entrara en vigencia el 10 de octubre de 2023.
En resumen, esta ley es un hito importante en la protección de los derechos del consumidor en Colombia. Al establecer límites claros en las comunicaciones de cobranza y las interacciones comerciales, la ley busca equilibrar la necesidad de las entidades financieras y comerciales con el respeto y la privacidad que merecen los consumidores. Con estas disposiciones, Colombia demuestra su compromiso con la defensa de los derechos individuales en una era de constante avance tecnológico.